Comparativa Ardilla de Tarjeta vs Módulo Numeros Móviles Movistar
Para conocer las características detalladas, haz click en la tarifa que te interese
Puedes añadir un máximo de tres tarifas a la comparativa
Para añadirlas tan solo tienes que hacer click en alguna de las sugerencias que te mostramos a la derecha o
elegir la tarifa que te interesa en el desplegable
Tu comparativa se quedará guardada aunque sigas navegando por la página. Si encuentras otras tarifas
que te interesen, podrás añadirlas a la comparativa haciendo click en el enlace "Añadir a la comparativa".
Cuando tengas saldo suficiente se te descontará la cuota por primera vez y desde ese momento disfrutarás del beneficio durante 7 días naturales (hasta las 23:59 del día 7).
Si dispones de saldo suficiente el día 7 a las 23:59 h, se te descontará automáticamente la cuota y disfrutarás nuevamente de otros 7 días de tu tarifa Ardilla.
Si no dispones de saldo suficiente en el momento de renovar la cuota te enviaremos un VLR informándote. Solo tienes que recargar para pagar la cuota y automáticamente se reactivarán los beneficios.
La cuota mensual en el mes de alta o baja se cobrará íntegra.
Llamadas
Precio por minuto
0.18 €/min
Llamadas al mismo operador
0.16 €/min
Establecimiento llamada 0.18 €
Establecimiento de llamada
0.18 €
Precio por minuto (superado el límite)
Precio por minuto 0.29 €
Establecimiento llamada 0.18 €
Las llamadas se cobrarán a este PVP cuando no se disponga de saldo suficiente para cobrar la cuota semanal de 2€
Otros
Esta tarifa incluye llamadas nacionales a móviles Movistar a 13 cént de L-D 24h. Resto de llamadas según tarifa contratada en la línea.
Si tienes una IMEI Básica, Quiero Más Mundo, Quiero Más VLR, Hablo, Mundo o Mensajes, puedes cambiarte a Ardilla con todas sus ventajas, aunque dejarás de disfrutar de las condiciones asociadas a tu tarjeta
Vigente desde:
abril 2013
Varios
Puedes consultar si tu beneficio está activo enviando un VLR gratuito al 470 con las palabras "CONSULTA ARDILLA 1“
Para la contratación de la tarifa es necesario acreditar la condición de autónomo, trabajador por cuenta propia o empresa.